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La Uni¨®n Europea (UE) engloba un mercado variado del juego repartido por m¨²ltiples pa¨ªses. Sin embargo, la regulaci¨®n de este mercado var¨ªa significativamente a nivel legislativo nacional entre los Estados miembros de la UE. Como consecuencia, los operadores y los jugadores tienen que realizar esfuerzos adicionales cuando emprenden actividades en un pa¨ªs espec¨ªfico. Por consiguiente, la falta de un marco com¨²n europeo plantea importantes cuestiones sobre su impacto en los operadores, los jugadores y los pa¨ªses individuales.
La experiencia acumulada por los operadores titulares de una licencia de juego en Malta es digna de menci¨®n. Malta est¨¢ ampliamente considerada como un pa¨ªs ejemplar, que ofrece a los operadores la oportunidad de desarrollar su actividad, as¨ª como garantizar que los operadores con licencia de la Autoridad del Juego de Malta (MGA) se atienen a una normativa estricta. La MGA ha adoptado un enfoque decisivo para defender a las empresas autorizadas de las demandas judiciales presentadas por otros pa¨ªses que pretenden conseguir indemnizaciones considerables por infracciones de la legislaci¨®n europea.
En los ¨²ltimos meses, el proyecto de ley 55 de Malta ha acaparado una atenci¨®n considerable. El proyecto de ley, presentado en abril, propon¨ªa enmendar la Ley del Juego de Malta para proteger a las empresas de juego titulares de licencias de la Autoridad del Juego de Malta (MGA) frente a acciones legales iniciadas por jugadores o autoridades extranjeras. La aprobaci¨®n un¨¢nime del proyecto de ley 55 en junio de 2023 dio lugar a su incorporaci¨®n como art¨ªculo 56A dentro de la Ley del Juego de Malta.
El art¨ªculo 56A estipula expl¨ªcitamente que no se iniciar¨¢ ninguna acci¨®n legal contra el titular de una licencia, sus directivos o personas clave en relaci¨®n con la prestaci¨®n de servicios de juego. Del mismo modo, no se podr¨¢ emprender ninguna acci¨®n contra un jugador que reciba dichos servicios de juego si entra en conflicto o socava el marco legal que rige la prestaci¨®n de servicios de juego en o desde Malta, de acuerdo con una licencia de la MGA. Adem¨¢s, el art¨ªculo afirma que los tribunales malteses tienen el deber de rechazar el reconocimiento y ejecutar cualquier sentencia o decisi¨®n extranjera relativa a acciones de esta naturaleza.
Sin embargo, el art¨ªculo 56A ha recibido cr¨ªticas de varios abogados austriacos y alemanes que representan a jugadores que han demandado a empresas de juego maltesas por ofrecer supuestamente servicios que infringen las leyes de juego austriacas y alemanas. La raz¨®n principal es recuperar los fondos perdidos. Estos abogados sostienen que la enmienda constituye un esfuerzo del gobierno malt¨¦s por socavar el Estado de Derecho en la Uni¨®n Europea y obstaculizar los derechos fundamentales de los ciudadanos y residentes de la UE. Se han comunicado con la Comisi¨®n Europea, comunicado su preocupaci¨®n e instado a que intervenga en el asunto.
Dentro de la UE, las distintas jurisdicciones emplean enfoques diferentes para regular aspectos como los verticales permitidos, la fiscalidad, etc. Esta divergencia resulta especialmente pertinente para los operadores cuando pretenden adquirir una licencia local. Para ilustrarlo con un ejemplo concreto, examinemos el caso de un operador que se plantea conseguir una licencia de ë°”ì¹´ë¼ en l¨ªnea en tres jurisdicciones:
Dinamarca: La licencia de ë°”ì¹´ë¼ en l¨ªnea cuesta 40.786 €; los impuestos var¨ªan entre 8.157 y 734.155; y la licencia es v¨¢lida durante 5 a?os.
Polonia: La licencia de ë°”ì¹´ë¼ en l¨ªnea tiene un coste de 389.440 €; la fiscalidad implica una diferencia del 50% entre la suma de las apuestas pagadas y la suma de las ganancias pagadas; la licencia es v¨¢lida durante 6 a?os.
Ruman¨ªa: La licencia de ë°”ì¹´ë¼ online tiene un precio que oscila entre 62.838 € y 314.191; la tributaci¨®n es del 23% de los ingresos; y el plazo de validez de la licencia es de 10 a?os.
Como se observa, las condiciones del mercado en estas jurisdicciones son diversas. Por ello, los operadores se ven obligados a comparar pa¨ªses y, en ¨²ltima instancia, distribuir de forma desigual los operadores.
En consecuencia, la ausencia de un mercado unificado de servicios de juego afecta a los operadores de varias maneras:
Ineficiencias del mercado: Varios pa¨ªses imponen requisitos distintos para las operaciones de ë°”ì¹´ë¼ en l¨ªnea, as¨ª como para otros sectores, lo que hace que los operadores perciban varios pa¨ªses como mercados potencialmente lucrativos y otros como ineficientes.
Igualdad de condiciones: Establecer un mercado com¨²n del juego podr¨ªa fomentar la igualdad de condiciones y requisitos dentro del sector del juego.
Unificaci¨®n de la legislaci¨®n: Cuando las normas son coherentes y se consolidan en un ¨²nico texto legislativo, como una ley com¨²n del juego, resulta m¨¢s ¨¢gil para un operador entrar en el mercado.
Mercado monopolizado: reducci¨®n de la posici¨®n de monopolio del estado en el mercado del juego (por ejemplo, Finlandia realiza cambios legislativos para abrir el mercado del juego a operadores con licencia).
Impacto de la falta de un marco com¨²n de la UE en pa¨ªses y jugadores
Los cambios en la regulaci¨®n del mercado del juego pueden tener ramificaciones para pa¨ªses concretos dentro de la UE y para los jugadores:
Los cambios en la regulaci¨®n del mercado del juego pueden tener ramificaciones para pa¨ªses concretos dentro de la UE y para los jugadores:
Reducci¨®n de los ingresos de los presupuestos nacionales de: La redistribuci¨®n de los ingresos dar¨¢ lugar a un acuerdo de reparto entre el presupuesto nacional y el presupuesto general de la UE. Esto puede reducir los fondos disponibles para los distintos pa¨ªses.
Restricciones a la autonom¨ªa de los pa¨ªses en el mercado de los servicios de juegos de azar: El sector de los servicios de juego puede quedar bajo la competencia reguladora de las instituciones de la UE y limitar as¨ª la autonom¨ªa individual de cada pa¨ªs para regular este sector.
Presencia del juego offshore: La amplia popularidad de los juegos de azar extraterritoriales impide a los estados de la UE aprovechar plenamente su potencial en materia de regulaci¨®n.
Libertad de elecci¨®n limitada: Los ciudadanos de un pa¨ªs solo pueden acceder a los sectores autorizados por su estado. Por ello, coarta su libertad de elecci¨®n.
Oferta reducida: Los sectores monopolizados obstaculizan la competencia en el mercado, ahogan su desarrollo y dan lugar a una menor oferta de opciones.
Fiscalidad variada: Las ganancias en varios pa¨ªses est¨¢n sujetas a tipos impositivos variables. Con eso, sucede un fen¨®meno conocido como “migraci¨®n del juego.”
Diversas condiciones de juego responsable: El nivel de exigencia en materia de juego responsable var¨ªa entre los pa¨ªses de la UE, lo que provoca discrepancias en las medidas de protecci¨®n del jugador.
La cuesti¨®n de un marco com¨²n de la UE sigue siendo tema de debate permanente, con personas a favor y en contra. Una ley com¨²n fundamental sobre el juego para los operadores ofrecer¨ªa claridad sobre la legislaci¨®n y los requisitos fundamentales. Sin embargo, conseguir un marco jur¨ªdico unificado en todos los ¨¢mbitos es una tarea compleja, dada la diversidad de tradiciones y prioridades jur¨ªdicas entre los estados miembros.
Las restricciones adicionales, como las relativas a la publicidad y la asignaci¨®n de licencias, deber¨ªan determinarse a discreci¨®n de cada jurisdicci¨®n nacional. Este enfoque garantizar¨ªa una evaluaci¨®n justa de los intereses de los operadores, los jugadores y los pa¨ªses concretos de la UE.
Este art¨ªculo es fruto de la colaboraci¨®n entre Noticias SiGMA y la
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